De acuerdo con el fallo, Rodríguez ejercerá el cargo con “todas las atribuciones, deberes y facultades inherentes” a la Presidencia de la República.
Redacción.- La vicepresidenta ejecutiva Delcy Rodríguez asumirá este lunes la presidencia interina de Venezuela tras una decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), ordenando su juramentación ante la Asamblea Nacional (AN).
De acuerdo con el fallo, Rodríguez ejercerá el cargo con “todas las atribuciones, deberes y facultades inherentes” a la Presidencia de la República.
El acto de juramentación se realizará en la sede del Parlamento, que tenía previsto iniciar ese mismo día un nuevo período legislativo, con los 285 diputados electos el pasado 25 de mayo, entre los que están el hermano de la vicepresidenta, Jorge Rodríguez, el opositor Henrique Capriles Radonski y la dirigente Cilia Flores, capturada por Estados Unidos junto a Nicolás Maduro en Caracas.
Rodríguez asumirá la presidencia ante una Asamblea Nacional aún más cuestionada que la electa en 2020 después en un proceso electoral irregular celebrado en medio de las denuncias de fraude realizada por la oposición liderada María Corina Machado y Edmundo González Urrutia tras las elecciones del 28 de julio de 2024, en la que el diplomático habría resultado vencedor con más del 30% de los votos según las actas recabadas por la dirigencia opositora.
Las elecciones del 25 de mayo de 2025 no contaron con la participación del liderazgo opositor representado por Machado y González Urrutia, que asegura que la cifra de abstención superó el 85%, casi 30 puntos por encima de la cifra ofrecida por el Consejo Nacional Electoral (CNE), que la situó en 57,4%.
Según el TSJ, la medida fue adoptada en el marco de una actuación “cautelar, urgente y preventiva”, con el objetivo de garantizar la continuidad administrativa del Estado. El tribunal aclaró que esta decisión no implica una calificación definitiva sobre la naturaleza de la falta presidencial, sea esta temporal o absoluta, ni sustituye las competencias de otros órganos del Estado para pronunciarse posteriormente sobre ese aspecto.
“Esta sala ha considerado indispensable dictar, en el marco de una actuación cautelar, urgente y preventiva, una medida de protección para garantizar la continuidad administrativa del Estado y la defensa de la nación”, señala el texto del fallo, que añade que no se está decidiendo “de fondo sobre la calificación jurídica definitiva de la falta presidencial”.