Santo Domingo.- El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) emitió la Normativa Técnica sobre el Estándar Homologado de los Cascos de Protección Personal, la cual regula el tipo de casco que deberán utilizar, de forma obligatoria, los conductores y pasajeros de motocicletas en toda la República Dominicana.
La medida se sustenta en el artículo 157 de la Ley 63-17 y el Decreto 256-20. Además, fue aprobada a nivel internacional tras ser presentada y validada ante la Organización Mundial del Comercio (OMC), en cumplimiento de los compromisos de transparencia y cooperación técnica asumidos por el país.
El director del INTRANT, Milton Morrison, explicó que la normativa contó con asesoría técnica de la Fundación FIA y atravesó un amplio proceso de consulta nacional con importadores, vendedores, asociaciones de motociclistas, usuarios y actores institucionales del sector.
Con este respaldo internacional y nacional, la República Dominicana se convierte en referente regional en regulación técnica aplicada a la seguridad vial, garantizando que los cascos comercializados cumplan con estándares reconocidos mundialmente.
FIRMA EN EL DIÁLOGO REGIONAL DE POLÍTICAS PÚBLICAS SOBRE TRANSPORTE 2025
La normativa fue anunciada y firmada durante el Diálogo Regional de Políticas Públicas sobre Transporte 2025, organizado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Foro Internacional del Transporte (ITF–OCDE), con la participación de ministros, autoridades y expertos de toda la región.
Durante el encuentro, Milton Morrison destacó que esta medida busca proteger vidas: “Cada casco homologado representa una vida protegida. Con esta medida reforzamos la seguridad de los motociclistas y sus pasajeros, quienes deben utilizar cascos certificados que garanticen la máxima protección ante un impacto”.
La normativa establece que solo se considerarán homologados los cascos certificados por laboratorios acreditados bajo la norma ISO/IEC 17025. Entre los estándares aceptados figuran:
UN/ECE 22-06 (Unión Europea), FMVSS No. 218 (DOT), SNELL M2020/M2025, GB 811-2022 (China), QCVN 2:2021/BKHCN (Vietnam), IS 4151:2015 (India), NTC 4533 (Colombia), NBR 7471 (Brasil), JIS T 8133:2015 (Japón) y BS 6658:1985 (Reino Unido).
Se permitirá también el estándar UN/ECE 22-05 mientras continúe vigente.
Los cascos homologados deben contar con una coraza exterior rígida, un sistema de absorción de impactos y una retención ajustable para garantizar la máxima protección de la cabeza del usuario.
Asimismo, la normativa prohíbe de manera expresa el uso del medio casco, debido a su insuficiente cobertura y el alto riesgo de lesiones graves que representa.
USO OBLIGATORIO PARA CONDUCTOR Y PASAJERO
El INTRANT recuerda que el casco homologado es obligatorio tanto para el conductor como para el pasajero, quienes deben llevarlo correctamente colocado y abrochado durante todo el trayecto.
El casco debe ajustarse de manera adecuada, no presentar daños estructurales y debe ser reemplazado tras un accidente o después de siete años desde su fabricación.
Queda prohibida la alteración o retiro de las etiquetas de certificación, ya que estas garantizan la autenticidad del producto.
El incumplimiento de la normativa será sancionado conforme a la Ley 63-17.
El INTRANT, en coordinación con la DIGESETT, implementará campañas educativas y operativos de supervisión para orientar a los motociclistas sobre la importancia del uso de cascos homologados y las consecuencias de incumplir esta disposición.
FORO SOBRE EL USO RESPONSABLE DE LA MOTOCICLETA
Como parte del proceso de fortalecimiento de la seguridad vial, el INTRANT recordó que meses atrás celebró el Primer Foro Nacional para el Uso Responsable de la Motocicleta, un espacio en el que se discutieron buenas prácticas, riesgos y medidas destinadas a proteger la vida de los motociclistas.
Este foro aportó insumos relevantes al proceso de consulta de la nueva normativa técnica.